Voto Reservado
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Es aquel que, dadas las características de la marca hecha por el ciudadano en la boleta electoral, origina dudas sobre su validez o nulidad. El voto así marcado no se discute en el Grupo de Trabajo o en el Punto de Recuento; solamente se señala al reverso de la boleta con la identificación de la casilla a que corresponde y se anexa a la constancia individual de recuento para ser calificado en el Pleno del Consejo correspondiente.