Diligencia de Oficilía Electoral

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Actividad mediante la cual el Vocal de Organización Electoral o el personal facultado, se constituye en un lugar señalado por el solicitante, donde tenga verificativo el acto o hecho en materia electoral que se deba constatar, que en todos los casos deberá ser exclusivamente de naturaleza electoral, que pudiera influir o afectar la equidad en la contienda electoral o en la organización del proceso electoral, cuya materia sea de la competencia del Instituto Electoral del Estado de México.