Diligencia de Oficilía Electoral

De wikielectoral
Revisión del 17:49 9 mar 2020 de Se wiki (discusión | contribuciones) (Página creada con «Actividad mediante la cual el Vocal de Organización Electoral o el personal facultado, se constituye en un lugar señalado por el solicitante, donde tenga verificativo el…»)
(dif) ← Revisión anterior | Revisión actual (dif) | Revisión siguiente → (dif)
Ir a la navegación Ir a la búsqueda

Actividad mediante la cual el Vocal de Organización Electoral o el personal facultado, se constituye en un lugar señalado por el solicitante, donde tenga verificativo el acto o hecho en materia electoral que se deba constatar, que en todos los casos deberá ser exclusivamente de naturaleza electoral, que pudiera influir o afectar la equidad en la contienda electoral o en la organización del proceso electoral, cuya materia sea de la competencia del Instituto Electoral del Estado de México.