Guardia de la Oficialía Electoral
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Es el horario extraordinario en los días y horas que se deban cumplir términos de Ley conforme a la normatividad aplicable o por mandato jurisdiccional, administrativa o por instrucción expresa del superior jerárquico, que cubre el personal de Oficialía de Partes, para la recepción de documentación en General y de lo Contencioso Electoral, en su caso.