Diferencia entre revisiones de «Sujeto Obligado»
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− | El IEEM es considerado como sujeto obligado en materia de transparencia ya que se le aplican las disposiciones en materia de transparencia, acceso a la información pública y protección de datos personales, así como por recibir y ejercer recursos públicos o realizar actos de autoridad; es decir, aquellos entes a los que se les puede exigir la clasificación, preservación y el acceso a su información; la difusión proactiva y la atención de solicitudes de acceso a la información y la protección de datos personales que estén en su poder. | + | El IEEM es considerado como sujeto obligado en materia de transparencia ya que se le aplican las disposiciones en materia de transparencia, [http://wikielectoral.ieem.org.mx/index.php?title=Acceso_a_la_Informaci%C3%B3n acceso a la información pública] y protección de [http://wikielectoral.ieem.org.mx/index.php?title=Datos_personales datos personales], así como por recibir y ejercer recursos públicos o realizar actos de autoridad; es decir, aquellos entes a los que se les puede exigir la clasificación, preservación y el acceso a su información; la difusión proactiva y la atención de solicitudes de acceso a la información y la protección de datos personales que estén en su poder. |
− | Los sujetos obligados tienen la obligación de constituir su Comité y su Unidad de Transparencia, proporcionar capacitación al personal miembro de estos, constituir y mantener actualizados sus sistemas de archivo y gestión documental, proteger y resguardar la información clasificada como reservada, difundir proactivamente información de interés público, entre otras. (Artículo 23 de la Ley de Transparencia del Estado de México y Municipios) | + | Los sujetos obligados tienen la obligación de constituir su [http://wikielectoral.ieem.org.mx/index.php?title=Comit%C3%A9_de_Transparencia Comité] y su [http://wikielectoral.ieem.org.mx/index.php?title=Unidad_de_Transparencia Unidad de Transparencia], proporcionar capacitación al personal miembro de estos, constituir y mantener actualizados sus sistemas de archivo y gestión documental, proteger y resguardar la información clasificada como [http://wikielectoral.ieem.org.mx/index.php?title=Informaci%C3%B3n_Reservada reservada], difundir proactivamente información de interés público, entre otras. (Artículo 23 de la Ley de Transparencia del Estado de México y Municipios) |
Revisión actual del 00:11 25 abr 2020
El IEEM es considerado como sujeto obligado en materia de transparencia ya que se le aplican las disposiciones en materia de transparencia, acceso a la información pública y protección de datos personales, así como por recibir y ejercer recursos públicos o realizar actos de autoridad; es decir, aquellos entes a los que se les puede exigir la clasificación, preservación y el acceso a su información; la difusión proactiva y la atención de solicitudes de acceso a la información y la protección de datos personales que estén en su poder.
Los sujetos obligados tienen la obligación de constituir su Comité y su Unidad de Transparencia, proporcionar capacitación al personal miembro de estos, constituir y mantener actualizados sus sistemas de archivo y gestión documental, proteger y resguardar la información clasificada como reservada, difundir proactivamente información de interés público, entre otras. (Artículo 23 de la Ley de Transparencia del Estado de México y Municipios)