Diferencia entre revisiones de «Acta constitutiva»
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− | Escritura que expide un Notario Público, conforme a la ley civil, en la que se hace constar un contrato por el cual dos o más personas conforman una asociación, para realizar un fin común, que no tenga carácter preponderantemente económico. Para efectos del proceso de selección a una [http://192.168.6.33/index.php?title=Candidatura_Independiente candidatura independiente], la persona jurídico colectiva debe tener por objeto apoyar la aspiración, estar conformada por el ciudadano que pretende ejercer su derecho político-electoral, su represente legal y el encargado de los recursos financieros; la misma debe contener el Modelo Único de Estatutos aprobado por el Consejo General, mediante la convocatoria respectiva. | + | Escritura que expide un Notario Público, conforme a la ley civil, en la que se hace constar un contrato por el cual dos o más personas conforman una asociación, para realizar un fin común, que no tenga carácter preponderantemente económico. Para efectos del proceso de selección a una [http://192.168.6.33/index.php?title=Candidatura_Independiente candidatura independiente], la persona jurídico colectiva debe tener por objeto apoyar la aspiración, estar conformada por el ciudadano que pretende ejercer su derecho político-electoral, su represente legal y el encargado de los recursos financieros; la misma debe contener el Modelo Único de Estatutos aprobado por el Consejo General, mediante la [http://wikielectoral.ieem.org.mx/index.php?title=Convocatoria convocatoria] respectiva. |
Revisión del 19:56 24 abr 2020
Escritura que expide un Notario Público, conforme a la ley civil, en la que se hace constar un contrato por el cual dos o más personas conforman una asociación, para realizar un fin común, que no tenga carácter preponderantemente económico. Para efectos del proceso de selección a una candidatura independiente, la persona jurídico colectiva debe tener por objeto apoyar la aspiración, estar conformada por el ciudadano que pretende ejercer su derecho político-electoral, su represente legal y el encargado de los recursos financieros; la misma debe contener el Modelo Único de Estatutos aprobado por el Consejo General, mediante la convocatoria respectiva.