Diferencia entre revisiones de «Presidencia de Grupo de Trabajo»

De wikielectoral
Ir a la navegación Ir a la búsqueda
(Página creada con «Vocal Distrital o Municipal, Consejera o Consejero Electoral, o en su caso, funcionario electoral designado por el Consejo respectivo, para presidir un Grupo de Trabajo dur…»)
 
Línea 1: Línea 1:
Vocal Distrital o Municipal, Consejera o Consejero Electoral, o en su caso, funcionario electoral designado por el Consejo respectivo, para presidir un Grupo de Trabajo durante el desarrollo de los cómputos de un proceso electoral específico.
+
[http://192.168.6.33/index.php?title=Vocal Vocal] Distrital o Municipal, Consejera o Consejero Electoral, o en su caso, funcionario electoral designado por el Consejo respectivo, para presidir un [http://192.168.6.33/index.php?title=Grupo_de_Trabajo_para_realizar_el_recuento_de_votos Grupo de Trabajo] durante el desarrollo de los cómputos de un [proceso electoral] específico.

Revisión del 20:46 13 mar 2020

Vocal Distrital o Municipal, Consejera o Consejero Electoral, o en su caso, funcionario electoral designado por el Consejo respectivo, para presidir un Grupo de Trabajo durante el desarrollo de los cómputos de un [proceso electoral] específico.