Diferencia entre revisiones de «Umbral electoral»
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Cantidad mínima de votación que deben obtener los partidos políticos o las candidaturas independientes para tener derecho a participar en la asignación de diputados, regidores o, en su caso, síndicos de representación proporcional; conservar el registro como partidos políticos; así como, para gozar del financiamiento público correspondiente, establecido en el Código Electoral del Estado de México. | Cantidad mínima de votación que deben obtener los partidos políticos o las candidaturas independientes para tener derecho a participar en la asignación de diputados, regidores o, en su caso, síndicos de representación proporcional; conservar el registro como partidos políticos; así como, para gozar del financiamiento público correspondiente, establecido en el Código Electoral del Estado de México. | ||
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Revisión del 19:21 10 mar 2020
Cantidad mínima de votación que deben obtener los partidos políticos o las candidaturas independientes para tener derecho a participar en la asignación de diputados, regidores o, en su caso, síndicos de representación proporcional; conservar el registro como partidos políticos; así como, para gozar del financiamiento público correspondiente, establecido en el Código Electoral del Estado de México.
Véase: Código Electoral