Diferencia entre revisiones de «Oficialía electoral»
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Es una función de orden público que dota a algunas personas servidoras públicas electorales del Instituto, de fe pública para constatar actos o hechos de naturaleza electoral que puede afectar o influir en el principio de equidad en la contienda electoral, la organización y desarrollo de los procesos electorales o las actividades que realiza el Instituto de forma ordinaria, cuyo ejercicio está regulado por el Reglamento aprobado sobre la materia. | Es una función de orden público que dota a algunas personas servidoras públicas electorales del Instituto, de fe pública para constatar actos o hechos de naturaleza electoral que puede afectar o influir en el principio de equidad en la contienda electoral, la organización y desarrollo de los procesos electorales o las actividades que realiza el Instituto de forma ordinaria, cuyo ejercicio está regulado por el Reglamento aprobado sobre la materia. | ||
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+ | Véase: [https://www.ieem.org.mx/consejo_general/cg/2017/acu_17/a215_17.pdf Reglameto Oficialía Electoral IEEM] |
Revisión actual del 18:02 10 mar 2020
Es una función de orden público que dota a algunas personas servidoras públicas electorales del Instituto, de fe pública para constatar actos o hechos de naturaleza electoral que puede afectar o influir en el principio de equidad en la contienda electoral, la organización y desarrollo de los procesos electorales o las actividades que realiza el Instituto de forma ordinaria, cuyo ejercicio está regulado por el Reglamento aprobado sobre la materia.