Diferencia entre revisiones de «Régimen de Excepción para recabar apoyo ciudadano»
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Revisión del 21:38 11 mar 2020
En caso de quien aspire a una Candidatura Independiente enfrente impedimentos que hagan materialmente imposible el uso de la aplicación móvil, podrá solicitar a la Dirección de Partidos Políticos, recabar el apoyo ciudadano mediante cédula física, comprobando mediante el material probatorio respectivo tal circunstancia, sólo en el caso que dicha área autorice por escrito, el apoyo recabado en el mencionado formato, podrá ser contabilizado; éste procedimiento no interrumpe el plazo concedido para obtener el apoyo ciudadano mínimo requerido.
En caso de autorizarse el régimen de excepción el órgano que se encuentre substanciando el proceso de selección a una candidatura independiente deberá realizar la revisión correspondiente de las cédulas físicas, así como realizar la captura respectiva, para realizar la confronta con la Lista Nominal.