Diferencia entre revisiones de «Mayoría relativa»

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Revisión del 19:20 9 mar 2020

Principio constitucional que observa el Consejo General y consejos distritales y/o municipales del Instituto, durante los cómputos de cada elección y que determina el triunfo de una candidatura en una contienda electoral por haber obtenido el mayor número de votos emitidos.