Diferencia entre revisiones de «Ratificación de la Queja o Denuncia»

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Es la manifestación expresa de la voluntad del quejoso o denunciante, a requerimiento de la autoridad electoral, en un procedimiento sancionador, ordinario o especial, para confirmar o revalidar lo aseverado en una queja o denuncia presentada de forma oral o por medios de comunicación electrónicos.
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Es la manifestación expresa de la voluntad del quejoso o denunciante, a requerimiento de la autoridad electoral, en un procedimiento sancionador, [http://wikielectoral.ieem.org.mx/index.php?title=Procedimiento_Ordinario_Sancionador ordinario] o [http://wikielectoral.ieem.org.mx/index.php?title=Procedimiento_Especial_Sancionador especial], para confirmar o revalidar lo aseverado en una queja o denuncia presentada de forma oral o por medios de comunicación electrónicos.

Revisión actual del 02:36 25 abr 2020

Es la manifestación expresa de la voluntad del quejoso o denunciante, a requerimiento de la autoridad electoral, en un procedimiento sancionador, ordinario o especial, para confirmar o revalidar lo aseverado en una queja o denuncia presentada de forma oral o por medios de comunicación electrónicos.