Diferencia entre revisiones de «Equipamiento urbano»

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La infraestructura de servicio público que comprende: Instalaciones hidráulicas para la distribución de agua potable, depósitos de agua, alcantarillados, cisternas, bombas y redes de distribución; instalaciones hidráulicas para el drenaje de aguas negras y pluviales, líneas de conducción, y almacenamientos; instalaciones eléctricas, estaciones, torres, postes y cableado; banquetas y guarniciones; puentes peatonales y vehiculares; alumbrado público, postes, faroles; carpeta asfáltica de calles y avenidas; tanques elevados y contenedores de basura; los cuales se encuentran excluidos de los espacios para la colocación de propaganda electoral en los procesos electorales en el Estado de México, por parte de los partidos políticos, candidatos, candidaturas comunes y candidaturas independientes.
 
La infraestructura de servicio público que comprende: Instalaciones hidráulicas para la distribución de agua potable, depósitos de agua, alcantarillados, cisternas, bombas y redes de distribución; instalaciones hidráulicas para el drenaje de aguas negras y pluviales, líneas de conducción, y almacenamientos; instalaciones eléctricas, estaciones, torres, postes y cableado; banquetas y guarniciones; puentes peatonales y vehiculares; alumbrado público, postes, faroles; carpeta asfáltica de calles y avenidas; tanques elevados y contenedores de basura; los cuales se encuentran excluidos de los espacios para la colocación de propaganda electoral en los procesos electorales en el Estado de México, por parte de los partidos políticos, candidatos, candidaturas comunes y candidaturas independientes.
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Véase: [https://www.ieem.org.mx/consejo_general/cg/2014/anexo/anexo_a045.pdf
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Lineamientos de propaganda del IEEM]

Revisión del 21:59 9 mar 2020

La infraestructura de servicio público que comprende: Instalaciones hidráulicas para la distribución de agua potable, depósitos de agua, alcantarillados, cisternas, bombas y redes de distribución; instalaciones hidráulicas para el drenaje de aguas negras y pluviales, líneas de conducción, y almacenamientos; instalaciones eléctricas, estaciones, torres, postes y cableado; banquetas y guarniciones; puentes peatonales y vehiculares; alumbrado público, postes, faroles; carpeta asfáltica de calles y avenidas; tanques elevados y contenedores de basura; los cuales se encuentran excluidos de los espacios para la colocación de propaganda electoral en los procesos electorales en el Estado de México, por parte de los partidos políticos, candidatos, candidaturas comunes y candidaturas independientes.

Véase: [https://www.ieem.org.mx/consejo_general/cg/2014/anexo/anexo_a045.pdf Lineamientos de propaganda del IEEM]