Diferencia entre revisiones de «Acuerdo de no presentación generado por la Oficialía Electoral»
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Revisión del 19:14 18 mar 2020
Determinación del Secretario Ejecutivo y/o Vocal de Organización, recaída a una solicitud del ejercicio de Oficialía Electoral, por medio del cual se informa al solicitante (representantes de partidos políticos, aspirantes a candidatos independientes, candidatos independientes o ciudadanía en general) que no se puede tramitar su petición, toda vez que se actualiza alguna hipótesis contenida de no presentación conforme a los términos establecidos en la norma.